miércoles, 26 de mayo de 2010

Derecho y estética

El tema llamó poderosamente mi atención: estética y derecho. El enfoque de lo jurídico desde el punto de vista de la ciencia de lo bello. Y qué es el derecho sino normas —con ciertas características que juzgo tedioso reiterar—, entonces, ¿las normas pueden ser vistas como objetos bellos? ¿Susceptibles de apreciación artística? ¿Se puede predicar que la norma es apreciable desde este punto de vista? Tal vez la norma que dice ‘todos somos iguales ante la ley’ pueda ser motivo de elogio: ¡Ah, qué bello! Y si hay normas bellas, también las hay feas: la norma que dice ‘aquel que obtenga utilidades debe pagar impuestos’. Sin embargo, conviene precisar que no todas las normas tributarias son por necesidad normas feas; qué decir que de la belleza de la norma del emperador Vespasiano que tasó con un gravamen los orines y que tiempo después fue extendido sabiamente por Constantino a los excrementos de los hombres y de los animales, con el nombre delicado de ‘criságiro’, con lo cual, según D. Laporte, en su célebre Historie de la merde (1978) —estimo innecesaria la traducción—, la Grandeza de Roma apuntaló su rechazo a la actividad mercantil. En este impuesto conocido como ‘oro lustral’ o de expiación la ratio legis fue sin duda calificar de moralmente indecente a los comerciantes, tenderos, traficantes, y gentes de mala vida, como las mujeres públicas o los mendigos, puesto que a través del pago de esta contribución en realidad se pagaba el crimen de haberse entregado a una actividad que les llenaba las manos de dinero; y como para ser liberado de un pecado primero se debe pecar, el hecho de que esto sujetos pudieran deducir el tributo conlleva la idea de que su actividad era sucia, oprobiosa de por y merecedora de desprecio tal que sólo podría atenuarse pagando con la misma moneda su falta: dinero por mierda.

Dejemos a un lado exámenes escatológicos, porque también debe existen normas sublimes, es decir, terribles, según la definición clásica que arranca con Longino y que cultivó Burke. Trato de buscar un ejemplo. Acaso la norma que prescribe el decálogo creciente de los cerdos en Rebelión en la granja de Orwell: ‘Todos los animales son iguales, pero hay unos más iguales que otros’, la cual fue modificada de su original que se limitaba a decir: ‘todos los animales son iguales’ justamente cuando se mostraron en la práctica las dificultades de la igualdad.

Sí, la norma puede ser bella si se enuncia como poesía. Adelanto el primer cuarteto del soneto que a modo de borrador se creó en un aula hace no mucho tiempo. No se trata de una norma en sentido propio, pero sí una expresión artística motivada por la acción bella de obligar, prohibir o permitir:

Silente norma de letras arcanas,
Que orientas los juicios de hombres alados,
Jueces que cantan cual giro de dados,
Y pesan en oro acciones insanas.

Este intento de panegírico a la norma adjetiva muestra que el derecho (las normas) puede ser bello y en esa medida objeto del rigor estético. En el mismo borrador encontré otro fallido soneto. Ahora sí versos prescriptivos:

Todo aquel cuya conducta sea prohibida
Está obligado a someter su ánimo
Y consumir sus pasiones como ácido
Para lograr placeres en la vida.


Los cuartetos anteriores tienen la rima irregular ABBA y sus versos son endecasílabos, pero advierto que son deficientes porque… Oh, ahora realizó un examen estético de la norma, su forma incipiente de soneto, y no la estructura normativa de los enunciados, sus supuestos, consecuencias, sanciones,… ¿Qué tan sensato será tratar de convencer con el canto de una poesía al Actuario del juzgado para que notifique? Por cierto, ¿los Actuarios y demás funcionarios judiciales que comercian su labor podrían ser sujetos pasivos del anecdótico gravamen romano?

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