miércoles, 26 de mayo de 2010

Amor y derecho

Se quedó en el tintero de las exposiciones en clase el tema amor y derecho. Emprendo una aproximación. Entiendo que para relacionar objetos primero hay que identificarlos. Derecho es, ne longus sim, el conjunto de normas —desde hace varios años, maravillado por el caos, abandoné ‘sistema’ y preferí el simple ‘conjunto’— que regulan la conducta humana en forma obligatoria dictadas por una autoridad política; en tanto que amor es… comienza el problema. Solución inmediata, el diccionario, y qué mejor que el del célebre The Devyl’s dictionary de A. Bierce —debo reconocer que en una versión castellana a falta del texto en idioma original— Esta obra nos provee de dos definiciones. Ambas reconocen al amor la categoría gramatical de sustantivo. La primera de ellas: ‘La locura de creer demasiado en otro antes de conocer algo de uno mismo’; la segunda: ‘Demencia temporal curable por el casamiento, o por el alejamiento del enfermo de las influencias bajo las que incurrió en el trastorno. Esta enfermedad, del mismo modo que las caries y muchos otros achaques, sólo prevalece entre los pueblos civilizados que viven en condiciones artificiales: las naciones bárbaras, que respiran aire puro y comen alimentos naturales, son inmunes a sus ataques. A veces el amor resulta fatal, pero lo es más para el médico que para el paciente.’. Ahora, un clásico. Ovidio en su Ars Amandi o el Arte de amar no diserta sobre la sustancia o naturaleza del amor, proporciona una guía invaluable, un método, recetario para lograr los efectos que produce la posesión y control de la persona amada y remedios para deshacerse de los efectos nocivos en caso de que la conquista no sea exitosa. Por tanto, sostengo a partir del manual del bardo latino que puede considerarse válidamente al amor un padecimiento. En verdad el amor se presenta como una enfermedad si leemos los siguientes versos del poeta —en una versión literalmente prosaica— hacia el final del canto primero: ‘El amante ha de estar pálido; es el color que publica sus zozobras… Que la demacración manifieste las angustias que sufres, y no repares en cubrir con el velo de los enfermos tus hermosos cabellos.’.

En fin, para no seguir con las citas de la abundante literatura sobre el tema, que creo se debe iniciar con los diálogos Timeo o Fedro de Platón, donde grosso modo presenta al amor como una afección de dos potencias: apetito y razón, y la clasificación de los objetos amatorios de Aristóteles en su Ética para Nicómaco, que comprende el amor por lo provechoso, lo placentero y lo honesto, y que tanta influencia tuvo durante la Edad Media, hasta el parteaguas de la poesía provenzal del género del amor cortés, para efectos de estas líneas consideremos al amor como un padecimiento, una enfermedad más —respaldo esta decisión con el recuerdo de los saltos, piruetas y demás las locuras que despojado de sus ropas Don Quijote realiza de forma voluntaria en la Sierra Morena a fin de que Sancho dé cuenta de sus desvaríos a su amada Dulcinea y ésta pueda tener testimonio del amor del caballero andante— y luego relacionémoslo con el Derecho. Si el derecho prescribe conductas, y si se le exige a éste un mínimo de racionalidad, sería sensato que prescribiera, a través de obligaciones, prohibiciones o permisiones, aquellas que rechacen la enfermedad. Luego, decididamente obligar al amor, prohibirlo e incluso permitirlo. ¿Sería factual, realizable? Recuerdo que en alguna ocasión, en torno a la discusión sobre la legislación local que buscaba —y finalmente logró para desagrado de muchos de nosotros— prohibir que se fumara en espacios públicos cerrados, un asambleísta opositor a dicha medida tomó la palabra y en su oratoria desesperada lanzó con voz potente un reclamo que reconstruido de mi memoria decía aproximadamente: ‘sí, fumar genera enfermedad, ¡pero también tenemos derecho a la enfermedad! Retomemos las palabras de este gran defensor de la enfermedad y exijamos a nuestros representantes el establecimiento de la norma que al obligar genere el derecho a enfermarnos de amor, y quizás a obligar en particular a aquellas mujeres negadoras de sus amores a proporcionarlo —y tal vez, en algunos casos de excepción que se deberían discutir, a los varones renuentes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario